La
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que preside la
magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, aprobó la
resolución mediante la cual se designaron los
tribunales civiles de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que tendrán competencia para tramitar a nivel nacional las causas en materia de la
Ley Orgánica de Extinción de Dominio en primera instancia y en segunda instancia.
En ese sentido, conocerán en primera instancia de las referidas causas, los
tribunales Tercero, Sexto, Séptimo y Noveno de
Primera Instancia Civil con Competencia Nacional, mientras que en segunda instancia lo harán los tribunales Superior Tercero, Noveno y Décimo en lo Civil, con
Competencia Nacional.
La asignación se hizo en consonancia con la
Disposición Transitoria Primera de la
Ley Orgánica de Extinción de Dominio, que establece que el
TSJ deberá crear los
tribunales de Primera y Segunda Instancia especializados en materia de
Extinción de Dominio, con competencia nacional, dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigencia de dicha
normativa legal, y hasta tanto se creen los tribunales especializados, la competencia corresponderá a los
Tribunales de Primera Instancia Civiles y los
Tribunales Superiores Civiles.
La resolución agrega, entre otros aspectos, que se delega a la
Sala de Casación Civil del máximo
juzgado la coordinación de los
tribunales con competencia en materia de
Extinción de Dominio. Además, los juzgados que tengan causas con bienes incautados y recuperados, deberán informar en el lapso de 30 días hábiles la relación de los mismos al
Servicio de Bienes Recuperados.
Indica el documento que la
Dirección Ejecutiva de la
Magistratura prestará a la
Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas el apoyo necesario para el óptimo funcionamiento de los
tribunales especializados de primera y segunda instancia, además, la
Escuela Nacional de la Magistratura establecerá un programa de formación permanente para los jueces y juezas, así como para el personal que integre esos
juzgados especializados
Como se recordará, el pasado 28 de abril la
Asamblea Nacional dictó la
Ley Orgánica de Extinción de Dominio, publicada en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 6.745 Extraordinario, con el objeto de establecer mecanismos que permitan la identificación, localización y recuperación de los bienes y
efectos patrimoniales originados por
actividades ilícitas o destinados a éstas, así como la extinción de los derechos y atributos relativos al dominio de los mismos a favor de la República, mediante sentencia, sin contraprestación ni compensación alguna.
Nota de prensa