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AN aprobó reforma parcial de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
MGC
Globovisión
15/02/2007 12:21:26 a.m.
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La plenaria de la Asamblea Nacional sancionó la Reforma Parcial de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, presentada por el Ejecutivo nacional para modificar el artículo188 sobre la declaración de las pérdidas cambiarias y el texto de un nuevo artículo impidiendo la deducción de intereses pagados cuando las deudas excedan al patrimonio neto del contribuyente.

El nuevo artículo de la reforma está orientado a prohibir la deducción de intereses pagados a partes vinculadas cuando el monto total de las deudas del contribuyente exceda del patrimonio neto del mismo.

En este sentido, cuando la porción del saldo de las deudas con partes independientes exceda el patrimonio neto del contribuyente, será considerada parte del patrimonio para todos los efectos del impuesto y, en consecuencia, no generará pérdidas cambiarias para la declaración.

El artículo propuesto faculta a las autoridades fiscales para desconocer como deuda y tratar como patrimonio neto cualquier deuda con partes vinculadas que no cumpla con ciertos criterios objetivos de mercado y se coloca como ejemplo que si la tasa de interés es muy alta o si el monto del préstamo es excesivo, tomando en cuenta la calidad crediticia del contribuyente, la autoridad fiscal podrá tratar dicha deuda como patrimonio neto.

La modificación del artículo 188 tiene como objetivo que las pérdidas y ganancias cambiarias derivadas de activos y pasivos en moneda extranjera o la reajustabilidad de variaciones cambiarias no se hagan al final de cada ejercicio gravable, sino que sean consideradas cuando sean efectivamente exigibles, cobradas o pagadas.

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